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lunes, 7 de abril de 2014

Cabello y figuras del oficialismo venezolano serían juzgados en España

Según informó un medio venezolano, el presidente de la Asamblea Nacional Diosdado Cabello, la ministra para Servicios y Asuntos Penitenciarios, Iris Varela, y otras figuras del oficialismo como Aristóbulo Isturiz, serían juzgados en España por hechos que ocurrieron el 11 de abril de 2002.
De acuerdo a la información revelada por Informe21.com, el juzgamiento se realizaría por las presuntas violaciones a los Derechos Humanos durante hechos que se registraron en el 2002 y que habrían sido propiciados por 22 dirigentes y funcionarios venezolanos (civiles y militares).
La demanda interpuesta ante la Audiencia Nacional de Madrid permitiría a los juzgados españoles, investigar e intervenir en los hechos de violaciones a los Derechos Humanos y crímenes de lesa humanidad, como los que se registraron durante la conocida “masacre del silencio” donde fallecieron 19 personas y otras 150 resultaron heridas de gravedad.
El corresponsal en Madrid del medio José A. Puglisi, sostuvo un encuentro con William Cárdenas, coordinador de la Plataforma Democrática de Venezuela para conocer más a fondo sobre el caso y determinar el alcance judicial que tendría.
La jurisdicción española podría aplicarse en este caso teniendo en cuenta lo que reza el Principio de Justicia Universal contenido en el apartado cuarto del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
“Igualmente, serán competente la jurisdicción española para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles a tipificarse, según la ley española, como alguno de los siguientes delitos: genocidio y lesa humanidad, terrorismo, (…), cualquier otro que, según los tratados y convenios internacionales, en particular los Convenios de derecho internacional humanitario y protección de los Derechos Humanos, deba ser perseguido en España”.

La misma noticia pero más extensa

Un grupo de venezolanos solicitará a la Audiencia Nacional de España la reapertura de la querella criminal interpuesta contra los 22 dirigentes y funcionarios venezolanos (civiles y militares) que cometieron violaciones a los Derechos Humanos en los acontecimientos del 11 de abril de 2002. Una denuncia que, de proceder, juzgaría al presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, así como a otras grandes figuras del oficialismo como Julián Isaías Rodríguez, Iris Valera y Aristóbulo Isturiz, entre otros. El corresponsal en Madrid de Informe21, José A. Puglisi, ha conversado con William Cárdenas, diplomático y coordinador de la Plataforma Democrática de Venezuela, para conocer más sobre este nuevo proceso internacional contra funcionarios del gobierno venezolano por crímenes de lesa humanidad, terrorismo de Estado y violaciones graves a los Derechos Humanos.
La espada de Damocles cuelga sobre las cabezas de 22 venezolanos. Un grupo conformado por dirigentes y funcionarios, tanto civiles como militares, que podrá ser juzgado por la Audiencia Nacional de España por las violaciones a los Derechos Humanos que cometieron el pasado 11 de abril de 2002, cuando 19 personas fueron asesinadas y otras 150 resultaron heridas con gravedad en la conocida “masacre de El Silencio”, además de otros actos delictivos.
Una querella criminal interpuesta en la Audiencia Nacional en Madrid permite a la justicia española intervenir para juzgar las violaciones a los Derechos Humanos, crímenes de lesa humanidad y terrorismo de Estado que se han registrado en el país a partir de los acontecimientos del 11 de abril. ¿Cómo puede activarse la justicia de España? En aplicación del Principio de Justicia Universal contenido en el apartado cuarto del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que reza:
“Igualmente, serán competente la jurisdicción española para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles a tipificarse, según la ley española, como alguno de los siguientes delitos: genocidio y lesa humanidad, terrorismo, (…), cualquier otro que, según los tratados y convenios internacionales, en particular los Convenios de derecho internacional humanitario y protección de los Derechos Humanos, deba ser perseguido en España” .
La Ley Orgánica del Poder Judicial ofrece en este mismo artículo otro argumento de peso para que la justicia española pueda intervenir. “Para que puedan conocer los Tribunales españoles de los anteriores delitos deberá quedar acreditado que sus presuntos responsables se encuentran en España o que existen víctimas de nacionalidad española”, tal como ocurre en el caso de Venezuela, donde varios de los fallecidos eran españoles y, por ende, una responsabilidad de la justicia ibérica.
España ofrece, de esta manera, una ventana que permitirá juzgar internacionalmente a los presuntos responsables de los acontecimientos ocurridos durante el 11 de abril y durante otros ataques sistemáticos que se han sido realizados sobre una parte perfectamente identificable de la población civil: los opositores políticos. Entre ellos están importantes figuras oficialistas: Diosdado Cabello, Freddy Bernal, Aristóbulo Isturiz, María Cristina Iglesias, Julián Isaías Rodríguez, José Vicente Rangel, Eliecer Otayza, Ramón Rodríguez Chacín, Juan Barreto, Tarek William Saab, Iris Valera, Desiree Santos, Ramón Darío Vivas, Jorge Luis García Carneiro y Luis Felipe Acosta Carles, entre otros.
Batalla legal
La solicitud de reapertura de la querella criminal implica, evidentemente, que se haya incoado previamente una denuncia ante la justicia española. El abogado Cárdenas afirma que esto ocurrió durante el mes de enero del 2003, cuando un grupo de víctimas interpuso la denuncia, y unos meses después la Sala Penal de la Audiencia Nacional sentenció que se debía remitir el caso a la Corte Penal Internacional (CPI) de la Haya. “En cumplimiento de esa sentencia a principios de 2004 llevamos la querella hasta la Fiscalía de la Corte Penal Internacional de la Haya, la cual consideró que la CPI era incompetente por razones de temporalidad para conocer de esta investigación, por cuanto los hechos denunciados habían ocurrido antes de la fecha de entrada en vigor del Estatuto de Roma, el 1º de julio de 2002”, recuerda el diplomático.
Tras la muerte de Hugo Chávez y la actualización de la Ley Orgánica del Poder Judicial de España, un grupo de venezolanos ha decidido solicitar la reapertura de la querella criminal. “La existencia de ciudadanos españoles entre las víctimas conduce a que la Audiencia Nacional retome la sustanciación de este sumario, sobre todo porque al morir Hugo Chávez cesó la causa que dio lugar a su remisión a La Haya”, precisa Cárdenas.
En la reapertura de la querella criminal será eliminado Chávez del listado de presuntos responsables, así como otros que han fallecido en este período: William Lara, Luis Tascón, Guillermo García y Lina Ron.
A pesar de que ha pasado más de una década de los acontecimientos del 11 de abril, el diplomático ratifica que “se debe tomar en cuenta que las violaciones de los Derechos Humanos tipificadas como crímenes de lesa humanidad o de terrorismo, no prescriben y que los procesos judiciales o legislativos llevados a cabo en Venezuela para pretender sustraer a los verdaderos responsables de tales crímenes de la acción de la justicia, no tienen en esta jurisdicción efectos extintivos de culpabilidad”.
Posibles castigos
El coordinador de la Plataforma Democrática de Venezuela estima que tendrán una primera respuesta de la reapertura de la querella en pocos meses. Sin embargo, aclara que se necesitará más tiempo hasta conocer un veredicto final. Fallo que, si confirma la existencia de delitos de terrorismo de Estado, contempla penas que oscilan entre los 8 y 30 años de prisión, dependiendo de si el imputado promovió, dirigió o participó personalmente en los crímenes, según lo estipulado en los artículos 571 y 572 del código penal español.
En cuanto a los delitos de lesa humanidad, el artículo 607 bis del código penal establece que las penas previstas son de entre 4 y 20 años de cárcel, siendo esta última la pena máxima si se causó la muerte a una persona. En el caso de lesiones graves se reduce a entre 12 y 15 años, mientras que en la privación ilegítima de libertad la pena pasa a ser de cuatro a ocho años.
“En este tipo de crímenes, los jefes y superiores, especialmente los militares, son responsables directos de las violaciones a los Derechos Humanos cometidas por sus subalternos y, ante la responsabilidad individual de los subalternos, no son oponibles defensas como la obediencia debida, en el supuesto de órdenes manifiestamente ilegales, como lo es atentar contra la población civil”, puntualiza Cárdenas.

José Antonio Puglisi
http://informe21.com/

martes, 25 de marzo de 2014

Así funcionan las bandas armadas, según un dirigente vecinal de Catia


“Las bandas armadas mal llamadas ‘colectivos’, necesitan que hablen de ellas. Necesitan que usted diga lo malas y temibles que son. Se alimentan del miedo. Si alguien dice que fue atacado por el ‘Colectivo ¡Saverio Vive!’ el cuento se repetirá mucho, y la fama hará temible al ‘¡Saverio Vive!’ “, 

Fíjense en el gordito parrillero


Saverio Vivas, dirigente vecinal y Coordinador de Organización del partido Primero Justicia en Catia, explica el “modus operandi” de las bandas armadas que hacen frente a las protestas que se desarrollan en el país desde principios de febrero. Vivas asegura que sí es posible la manifestación pacífica y organizada en las zonas del oeste de Caracas. Vivas asegura que es incorrecto llamar a las bandas armadas y violentas “colectivo”, dado que este es el nombre que se le da a agrupaciones de corte cultural y social que benefician a las comunidades. El dirigente no titubea al afirmar que las bandas armadas son organizadas por el Gobierno y asegura que “no son tan numerosas y poderosas como la gente cree”. Afirman que estos grupos se mueven en función del terror de las víctimas.

“Las bandas armadas mal llamadas ‘colectivos’, necesitan que hablen de ellas. Necesitan que usted diga lo malas y temibles que son. Se alimentan del miedo. Si alguien dice que fue atacado por el ‘Colectivo ¡Saverio Vive!’ el cuento se repetirá mucho, y la fama hará temible al ‘¡Saverio Vive!’ “, detalló a través de su perfil en la red social Twitter (@saveriovivas).
A su juicio el terror y la fama, aunado al apoyo oficial, son lo que da el verdadero poder a estos grupos violentos. “Y si alguien declara enmascarado en la prensa, en nombre del ‘Colectivo ¡Saverio Vive!’, la fama esta garantizada y financiamiento seguro. Cuando la fama del colectivo está hecha a gente comienza a verlo en todos lados, como si fuera el espanto del Silbón”, dijo.
“Generalmente, un colectivo armado es solo un pequeño grupo al servicio de un diputado o concejal oficialista. Cuando el diputado o concejal necesita mover a su “colectivo armado”, un operador político contrata a motorizados para que simulen serlo. Los movilizadores del supuesto ‘colectivo’, tienen dotaciones de camisas, pañuelos y banderas, para escenificar la banda armada. Cuando un colectivo armado se moviliza, generalmente el líder es el único que esta armado”, detalló.
Las que tienen real poder
Las agrupaciones con poder de fuego “real”. “Estas generalmente están integradas por funcionarios policiales. Otras son auténticos grupos delictivos que para protegerse de la policía, acuerdan con algún diputado o concejal, que les de protección. Por esa razón, no es raro que la policía atrape atracadores infraganti, y estos muestren carnet de inspectores policiales”, puntualizó.
Reiteró el hecho de que “en todo este macabro sistema de promoción del terror, quienes más pierden son los auténticos colectivos sociales que ven dañada su imagen”. “El terror es indispensable para la figura de los ‘colectivos armados’. NO les hagamos promoción”, pidió.
El “sapo”
“Las bandas armadas NO atacan por arte de magias. Requieren de un vecino sapo para que las llame. Son esos malos vecinos los que causan tragedias. Tenemos que romper con la cultura del sapo vecinal… Denunciar a tu propio vecino por protestar es un acto vergonzoso”, opinó Vivas.
“¡Protesta en tu barrio!… Y si aparece una banda armada del gobierno, retírate. Y luego vuelves a salir. ¡Somos miles! No pueden con todos”, exhortó.
Qué hacer
Vivas da también unos tips que, a su juicio, reducirán la acción de los grupos violentos:
1. Si una banda armada se aparece, saquen su celular y tómele fotos masivas. Y si se enmascaran, llame a la policía. Pues eso es delito.
2. Si una banda armada se aparece, tómele fotos a las placas de las motos, y si alguien resulta lastimado, denúncielo y exija prisión.
3. Si una banda armada se aparece, intente siempre tomar fotos del jefe del grupo para poder descubrir quién es el financista del grupo.
4. Si una banda armada llega atacar su actividad de calle: ¡Permanezca siempre en grupo y defiéndase!… Los leones no atacan a grupos grandes.
Artículo 132. CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.



lunes, 24 de marzo de 2014

Cecilia Sosa: Diosdado Cabello perdió su cargo de diputado al reincorporarse a las FFAA


  La ex magistrada de la Corte Suprema de Justicia (ahora TSJ), Cecilia Sosa Gómez, considera que el diputado Diosdado Cabello perdió su investidura como diputado al ser ascendido a Capitán y ser reincorporado a las Fuerzas Armadas.


El dia 27 de diciembre de 2013Nicolas Maduro ascendió a Diosdado Cabello a Capitán del Ejército, también a los gobernadores Arias Cárdenas a Coronel, y a Rodríguez Chacín a Contralmirante al recalcar que los oficiales que participaron el 4F y el 27N fueron incorporados a la FANB y ascendidos al grado inmediatamente superior.

La Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana establece que los militares que sean promovidos deben estar en servicio activo, mientras que, por el otro, la Constitución señala que los uniformados activos no pueden optar a cargos de elección popular.

La LEY ORGANICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, en sus Artículos 96. El Presidente o Presidenta de la Republica Bolivariana de Venezuela y Comandante en jefe de las Fuerzas Armada Nacional Bolivariana, tiene la potestad para reincorporar al personal militar que se encuentre de retiro, por necesidades del servicio. El grado de reincorporación será el mismo con el cual egreso de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, quedando bajo facultad del Presidente o Presidenta de la Republica Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas Bolivarianas otorgarle el ascenso a los grados superiores, una vez reincorporado.

La CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, en su Artículo 330 dice: Los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad tienen derecho al sufragio de conformidad con la ley, sin que les esté permitido optar a cargo de elección popular, ni participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político.

Por lo tanto desde el momento que fueron reincorporados al servicio activo de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, deberían poner sus cargos a la orden.


sábado, 22 de marzo de 2014

Señores del Gobierno Venezolano, algo insólito que les debe hacer reflexionar. Justicia Venezolana





“Que ironía, murió de la misma manera que mató a MI MADRE en una manifestación y de un disparo con la diferencia que mi madre solo tenía su bandera, su pito y las ganas de luchar por el futuro de cada uno de muchos de los venezolanos que hoy siguen marchando”

La Fiscal General del Ministerio Publico de Venezuela Luisa Ortega Díaz:” No es cierto que las autoridades hayan amparado y protegido a quienes violaron los DDHH”
“Quien viole los Derechos Humanos debe ser sancionado, pero también deben ser sancionados quienes ocasionaron la muerte de varios ciudadanos”, acotó Díaz durante una Conferencia de Derechos Humanos de la Organización de Nacionales Unidas (ONU), que se realiza en la ciudad de Ginebra.
Quien escuche a esta señora piensa que la ley en Venezuela se cumple, entonces alguien puede explicar que hacia el Capitán GN Ramzor Ernesto Bracho en Mañongo Valencia, - Estado Carabobo 12 de marzo de 2014, cuando tenía que estar preso por asesinato?
10 años atrás y con el grado de sub teniente,  había sido imputado y denunciado como autor material de la muerte de Eva Carrizo; Fue detenido y dejado en libertad dos años después. El autor material, sólo tuvo un retraso en su ascenso, gracias a que su padre era entonces Coronel, ahora General de Brigada. El distinguido de la GNB,  Ruchard Pargas,  declaro que quien había disparado era el subteniente Ramsor Bracho, quien supuestamente aparecía en un video disparando. 
“La Guardia Nacional nos persiguió tirando bombas lacrimógenas, disparando, con piedras. Ella (Evangelina Carrizo) me dice ‘me dieron, me dieron’. Entonces yo me volteó hacia su espalda y pensé que era un disparo de perdigones. Jamás pensé que sus armas fueran de fuego. Cuando mi mamá caminó cuatro metros, se desplomó al suelo” Dijo que cuando él se acerca a recogerla, el oficial montado en el Convoy se bajó y lo pateó en la cara. Señaló que posteriormente cuatro guardias nacionales lo golpearon y que su mamá seguía allí gritando auxilio, durante al menos cuarenta minutos, y los efectivos no le prestaron atención.
Señora fiscal solo le digo que entre el cielo y la tierra no hay nada oculto, todo tarde o temprano sale a la luz. Las autoridades no amparan ni protegen a quienes violan los derechos Humanos, a la madre la mataron vilmente por la espalda desde un vehículo en movimiento y al hijo menor de edad, lo patearon hasta cansar y aquí no paso nada solo el ascenso para el asesino y me imagino que para los otros Guardias Nacionales que lo acompañaban.
El anuncio de la muerte del capitán GN Ramzon Ernesto Bracho fue Hecho por: El gobernador del Estado Carabobo, Francisco Ameliach,  fue quien dio a conocer la identidad del fallecido a través de varios mensajes por Twitter:
“Delincuentes terroristas acaban de matar a un Capitán de la GNB en Mañongo, Municipio Naguanagua. Falleció por arma de fuego el Ramsor Ernesto Bracho Bravo, comandante de la tercera compañía (D-29), cuando enfrentaba grupos terroristas en el Distribuidor Mañongo”.
El delincuente Mayor, comandante de los paramilitares de Maduro. ¿Cuándo será que la fiscal Luisa Ortega lo cite y lo ponga preso por incitar a la violencia? ¿Qué causo una muerte prácticamente directa? Como si el empuñara el arma.
Francisco Ameliach, desde su cuenta de twitter @AmeliachPSUV, “UBCH a prepararse para el contra ataque FULMINANTE. Diosdado dará la orden”.
Indiscutiblemente es una muerte lamentable de otro venezolano más, que no tenía que haber pasado si el Gobierno Nacional no fuera tan prepotente y reconociese que en Venezuela SI está pasando algo y no es un golpe de estado. Esta es otra prueba fehaciente de la incapacidad que tiene Nicolás Maduro para llegar a un acuerdo de paz con los venezolanos. El era un venezolano mas otro venezolano que muere a manos de Usted, lea el mensaje que dejan los hijos de Evangelina Carrizo, anote y tome conciencia.
“Quiero hacer saber a todos mis contactos que la muerte del GNB Ramsor Bracho, que a pesar de haber matado a mi madre hace 10 años en una marcha pacífica en el municipio Machiques de Perijá no me alegra,   yo perdoné a ese guardia nacional de corazón ya que yo no soy Dios para juzgarlo por ese grande error. Que sea Dios que en el libro de la vida decida qué hacer,  solo le digo a sus familiares que yo,   hijo de Evangelina Carrizo, de corazón, les envió las más sinceras palabras de condolecía solo dios es quien puede juzgarnos”
El 30 de enero de 2007, la juez superior del estado Zulia, Olga Adames, solicitó el sobreseimiento para el subteniente de la Guardia Nacional Ramsor Bracho, acusado por Alejandro Carrizo como la persona que disparó contra su madre de manera intencional.
La sentencia y mayor información la puedes leer en: http://indignacionmcbo.blogspot.com/
@XabierEA