La ex magistrada de la Corte Suprema de
Justicia (ahora TSJ), Cecilia Sosa Gómez, considera que el diputado Diosdado
Cabello perdió su investidura como diputado al ser ascendido a Capitán y ser
reincorporado a las Fuerzas Armadas.
El dia
27 de diciembre de 2013Nicolas Maduro ascendió a Diosdado Cabello a Capitán del
Ejército, también a los gobernadores Arias Cárdenas a Coronel, y a Rodríguez
Chacín a Contralmirante al recalcar que los oficiales que participaron el 4F y
el 27N fueron incorporados a la FANB y ascendidos al grado inmediatamente
superior.
La Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana establece que los militares que sean promovidos deben estar en
servicio activo, mientras que, por el otro, la Constitución señala que los
uniformados activos no pueden optar a cargos de elección popular.
La LEY
ORGANICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, en sus Artículos 96. El
Presidente o Presidenta de la Republica Bolivariana de Venezuela y Comandante
en jefe de las Fuerzas Armada Nacional Bolivariana, tiene la potestad para
reincorporar al personal militar que se encuentre de retiro, por necesidades
del servicio. El grado de reincorporación será el mismo con el cual egreso de
la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, quedando bajo facultad del Presidente o
Presidenta de la Republica Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de las
Fuerzas Armadas Bolivarianas otorgarle el ascenso a los grados superiores, una
vez reincorporado.
La CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA, en su Artículo 330 dice: Los o las integrantes de la Fuerza
Armada Nacional en situación de actividad tienen derecho al sufragio de
conformidad con la ley, sin que les esté permitido optar a cargo de elección
popular, ni participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo
político.
Por lo tanto desde el momento que fueron
reincorporados al servicio activo de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, deberían
poner sus cargos a la orden.
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